Glosario abreviado del Código Civil y Comercial

Confirmación

Confirmación

Subsanación que se da cuando la parte que puede articular la nulidad relativa, manifiesta expresa o tácitamente su voluntad de tener al acto jurídico por válido, después de haber desaparecido la causa de nulidad. (LEY 26.994. ART. 393)

LEY 26.994. ART.393

Términos alternativos

Términos genéricos

Términos específicos

Fecha de creación
02-Mar-2017
Término aceptado
02-Mar-2017
Términos descendentes
2
ARK
ark:/99152/t3o7z0gr4qdx9p
Términos específicos
2
Términos alternativos
2
Términos relacionados
0
Notas
1
Metadatos
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